El municipio de Atlantic Beach, Nueva York, acordó eliminar una exigencia de permiso especial que aplicaba a lugares de culto y centros educativos, pero no a espacios seculares comparables, para resolver señalamientos del Departamento de Justicia bajo la ley federal de libertad religiosa conocida como RLUIPA.
El acuerdo no es una sentencia judicial sobre responsabilidad. Resuelve las alegaciones federales y obliga al municipio a modificar su código de zonificación, capacitar a funcionarios y establecer un procedimiento para recibir y atender querellas.
La diferencia que deberá desaparecer
La ordenanza cuestionada requería que una asamblea religiosa o educativa obtuviera una excepción especial de la Junta de Apelaciones. Otros lugares de reunión no religiosos podían operar sin ese paso adicional.
RLUIPA, la Ley de Uso de Terrenos Religiosos y Personas Institucionalizadas, prohíbe que los gobiernos locales traten a iglesias, sinagogas, mezquitas u otras instituciones religiosas en términos menos favorables que a asambleas seculares comparables.
Qué cambia bajo el acuerdo
Atlantic Beach permitirá los usos religiosos por derecho propio en su distrito residencial A, sin la excepción especial impugnada. También deberá ofrecer adiestramiento sobre RLUIPA a funcionarios y empleados y crear un proceso claro para resolver reclamaciones relacionadas con libertad religiosa y uso de terrenos.
El acuerdo federal siguió a la resolución de una demanda privada presentada por Chabad of the Beaches, organización judía ortodoxa que había objetado la negativa municipal a permitir el uso de una propiedad comercial vacante como instalación religiosa.
El municipio adoptó la enmienda el 19 de octubre y, conforme al acuerdo, debe archivarla ante el secretario de Estado de Nueva York antes del 31 de octubre. La modificación entra en vigor al archivarse. Hasta entonces, ese trámite estatal es el paso pendiente para que el cambio tenga efecto.
Por qué importa fuera de Nueva York
Las decisiones de zonificación suelen parecer asuntos locales, pero pueden determinar si una comunidad de fe tiene un lugar donde reunirse. El principio federal es sencillo: un municipio puede regular de forma neutral la seguridad y el uso del terreno, pero no imponer cargas especiales a una asamblea por ser religiosa.
En contexto
La libertad religiosa no requiere privilegios sobre otros vecinos; exige igualdad ante reglas comunes. Cuando un gobierno corrige una barrera desigual y establece vías para atender futuras querellas, protege tanto la fe como la convivencia civil.
Fuente: Departamento de Justicia de Estados Unidos, 21 de octubre de 2026. Imagen: gráfica original de En Contexto Media.

