Actualización del miércoles 4 de noviembre, 7:18 a. m. AST: la gobernadora Jenniffer González Colón firmó el Proyecto del Senado 1096 y lo convirtió en la nueva Ley del Poder Judicial de Puerto Rico. La medida deroga la Ley de la Judicatura de 2003 y activa la reforma que había llegado a La Fortaleza entre pedidos de veto.
Entre sus cambios principales, elimina de manera prospectiva la categoría de juez municipal, redistribuye responsabilidades administrativas entre el pleno del Tribunal Supremo y la jueza o el juez presidente, reorganiza oficinas y exige traducciones oficiales al inglés de decisiones y resoluciones publicadas dentro de un término máximo de 20 días.
Los jueces municipales actuales podrán permanecer hasta que termine su nombramiento, renuncien, se retiren o sean removidos. La reforma también contempla salas especializadas, cambios en la Academia Judicial y ajustes a la inspección notarial.
La firma no resuelve la controversia constitucional. La jueza presidenta Maite Oronoz y profesores de Derecho habían objetado que la legislación puede invadir facultades asignadas por la Constitución a la Rama Judicial. Cualquier impugnación futura corresponderá a los tribunales.
Fuentes: La Fortaleza, 3 de noviembre de 2026; Senado de Puerto Rico, 22 de octubre de 2026.
El Proyecto del Senado 1096 quedó ante la gobernadora Jenniffer González Colón después de que el Senado concurriera con las enmiendas de la Cámara. La pieza propone una nueva Ley del Poder Judicial, cambia la distribución de funciones administrativas y elimina prospectivamente la categoría de juez municipal.
La jueza presidenta del Tribunal Supremo, Maite Oronoz Rodríguez, pidió a la gobernadora que vete la medida. Según reportes de NotiCel y WAPA TV, Oronoz sostiene que la Constitución no puede quedar subordinada a una mayoría legislativa y que un cambio de esa magnitud requeriría una enmienda constitucional.
Qué dispone la legislación
El Senado describe el proyecto como una modernización de la organización y administración de los tribunales. El texto establece un modelo de administración compartida entre el Tribunal Supremo y su presidencia, reorganiza oficinas, amplía funciones de la Academia Judicial, crea un patronato para infraestructura y elimina de manera prospectiva el puesto de juez municipal.
La Cámara aprobó la medida con 32 votos a favor y 15 en contra. El Senado concurrió el jueves con los cambios camerales, por lo que la decisión inmediata ya no corresponde a la Legislatura, sino a la gobernadora.
Por qué hay una disputa constitucional
Quienes apoyan el proyecto afirman que fortalece la administración compartida y actualiza una ley de 2003. La jueza presidenta y otros críticos entienden que desplaza facultades que la Constitución asigna a la presidencia del Supremo y puede afectar la independencia y agilidad operacional de la Rama Judicial.
El reclamo de veto es una posición institucional dentro de una controversia todavía abierta; no constituye una decisión judicial sobre la constitucionalidad del proyecto.
Qué ocurre ahora
La gobernadora puede firmar o vetar la medida. Si la convierte en ley, su implementación y cualquier impugnación posterior determinarán el alcance real de los cambios. La versión aprobada concede 120 días para la entrada en vigor y para ajustes reglamentarios.
En contexto
Una reforma del sistema de justicia debe medirse por su capacidad para proteger la independencia judicial, acelerar el servicio y ampliar el acceso de la ciudadanía. La próxima decisión debe responder con claridad a esas tres pruebas, por encima de la ventaja partidista.
Fuentes: Senado de Puerto Rico, 22 de octubre de 2026; NotiCel, 23 de octubre de 2026. Imagen: ilustración editorial original de En Contexto Media; no documental.

